SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0577/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0577/2013

Fecha: 21-May-2013

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

Los Magistrados demandados informaron que a partir del Auto Supremo 281/2012 “…se orientó el entendimiento que se tenía respecto a los contratos administrativos y a la jurisdicción a la que éstos están sometidos, de igual forma se orientó que los actos de extinción del contrato administrativo asumidos por la entidad pública contratante, revisten el carácter de actos administrativos por lo tanto su impugnación se encuentra sujeta a la jurisdicción contencioso-administrativa y no así a la jurisdicción ordinaria civil, a la que el ahora accionante acudió indebidamente”.

Además, el ahora accionante al haber deducido impugnación judicial de un acto administrativo -resolución de un contrato administrativo- en la vía ordinaria civil, equivocó el camino por cuanto correspondía a la jurisdicción contencioso-administrativa y que transitoriamente corresponde a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.