Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0577/2013
Fecha: 21-May-2013
II.1.
II.1. Cursa memorial de 20 de junio de 2009, por el cual la Empresa Constructora IBAZA S.R.L. interpuso acción declarativa de ineficacia de resolución contractual unilateral por aplicación de la regla “Non Adimpletti contractus” y consiguiente resarcimiento de daños y perjuicios (fs. 6 a 14 vta.) y correspondiente Auto de admisión de 6 de noviembre de igual año (fs. 17).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Autolimitación en la justicia constitucional: la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.2
- CONFIRMAR