SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0621/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0621/2013

Fecha: 27-May-2013

denegó

El Juez de Partido, Liquidador y de Sentencia Penal de Quillacollo del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 27/2012 de 27 de diciembre, cursante de fs. 14 a 15 vta., denegó la tutela impetrada; decisión asumida en base al siguiente argumento: La acción de libertad fue interpuesta el 26 de diciembre de 2012, y la de audiencia pública para considerar la cesación a la detención preventiva ha sido atendida el 24 del referido mes y año, tal cual se desprende del decreto de la misma fecha, notificado al ahora accionante el 26 del mismo mes y año, por lo que la acción de libertad debe ser interpuesta cuando la lesión al derecho a la libertad existe, de no ser así se desnaturalizaría la esencia de la presente acción de defensa, debido a que el petitorio de que la autoridad demandada señale audiencia pública a objeto de considerar la solicitud de cesación a la detención preventiva, ya no tendría sentido.