SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0631/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0631/2013

Fecha: 28-May-2013

II.4.

II.4. Los accionantes, reiteraron su solicitud de cesación de detención preventiva que fue conocida y resuelta por el Juez Segundo de Instrucción Mixto de Bermejo, por Resolución de 7 de diciembre de 2012, rechazando la cesación impetrada porque el riesgo de fuga subsiste así como el peligro efectivo para la sociedad, determinación judicial que en apelación mereció la declaratoria de “sin lugar al recurso”, a través del Auto de Vista 122/2012, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, con los argumentos que los nuevos elementos presentados por los imputados no desvirtúan los peligros procesales de fuga referido al numeral 10 del art. 234 del CPP, tampoco al peligro de obstaculización referido al numeral 2 del art. 235 de la misma norma y que la probabilidad de autoría (art. 233.1 del adjetivo Penal, igualmente se encuentra concurrente (fs. 173 vta. a 179 vta.).