SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0643/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0643/2013

Fecha: 28-May-2013

II.8.

II.8.  Del acta de audiencia pública de fundamentación de apelación incidental de medida cautelar, se concluye que, a la audiencia de 13 de febrero de 2013, concurrieron los representantes del Ministerio Publico, la parte imputada con su abogado y los representantes del Ministerio de Gobierno. En la misma audiencia, el representante del Ministerio Público, observó la notificación efectuada a la comisión de fiscales, argumentando que la misma había sido practicada en la oficina de Sergio Céspedes que trabaja conjuntamente en la comisión de fiscales y no así en el domicilio señalado por la comisión de fiscales, pidiendo se practique nueva notificación de manera correcta en la oficina que tienen señalado. El Presidente de la Sala Penal Tercera, atendiendo la observación del Ministerio Público, suspendió la audiencia y fijó una nueva para el 18 de febrero de 2013 a horas 15:00. Este último señalamiento también fue observado por el representante del Ministerio Público, debido a que en la misma fecha tenían audiencia de juicio oral en Santa Cruz de la Sierra, dentro el mismo caso (fs. 39 a 40).