, demandando la nulidad del Acuerdo 008/2012 de 13 de abril y del Memorandum 904/12-P de 24 de julio de 2012.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

, demandando la nulidad del Acuerdo 008/2012 de 13 de abril y del Memorandum 904/12-P de 24 de julio de 2012.

Fecha: 14-Jun-2013

objeto

Del contenido del recurso directo de nulidad, se establece lo siguiente: que el objeto de este es la declaratoria de nulidad del Acuerdo de Sala Plena 008/2012 de 13 de abril y el memorándum 904/12-P de 24 de julio de 2012, emitido por el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; asimismo, la causa de la activación de este mecanismo constitucional, se resume en cuatro actos denunciados como lesivos: 1) La denuncia de incompetencia de las autoridades ahora demandadas para la designación de notarios de listas del ex consejo de la Judicatura; 2) En el caso de la notaría 78, se denuncia que ésta no estuvo en las listas remitidas al Tribunal Departamental de Justicia para su designación; 3) La supuesta incompetencia de los Vocales del Tribunal Departamental de Justicia, porque la designación de notarios no estuviese regulada como competencia exclusiva en la Ley del Órgano Judicial y en la Ley 212; y, 4) La omisión de respuesta al memorándum 904/12-P.