El presente voto disidente, en relación a la SCP 0985/2013 de 27 de junio, versará sobre las siguientes líneas argumentativas diferenciales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El presente voto disidente, en relación a la SCP 0985/2013 de 27 de junio, versará sobre las siguientes líneas argumentativas diferenciales:

Fecha: 27-Jun-2013

cuando una persona se encuentre privada de libertad y sea beneficiada con una decisión de extinción de acción penal, en caso de ser esta decisión apelada, al amparo de los arts. 7 y 221 del CPP, disposiciones con génesis constitucional en los arts. 13.4, 256 de la CPE y 29 de la CADH, su permanencia en prisión mientras dure la tramitación y resolución del recurso de apelación sería contraria al principio pro-libertatis y a los postulados propios del Estado Constitucional de Derecho.

En el marco de lo señalado, en coherencia con la pauta de interpretación antes señalada, cuando una persona se encuentre privada de libertad y sea beneficiada con una decisión de extinción de acción penal, en caso de ser esta decisión apelada, al amparo de los arts. 7 y 221 del CPP, disposiciones con génesis constitucional en los arts. 13.4, 256 de la CPE y 29 de la CADH, su permanencia en prisión mientras dure la tramitación y resolución del recurso de apelación sería contraria al principio pro-libertatis y a los postulados propios del Estado Constitucional de Derecho.