El presente voto disidente, en relación a la SCP 0985/2013 de 27 de junio, versará sobre las siguientes líneas argumentativas diferenciales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El presente voto disidente, en relación a la SCP 0985/2013 de 27 de junio, versará sobre las siguientes líneas argumentativas diferenciales:

Fecha: 27-Jun-2013

los efectos de la apelación para la problemática antes referida, deben ser los más favorables para la privada o el privado de libertad beneficiado con una decisión de extinción de acción penal apelada por el Ministerio Público o la víctima.

Ahora bien, en el fundamento jurídico 3.5 del presente voto disidente, se señaló que el art. 396.1 del CPP, para la determinación de los efectos de la apelación contra decisiones que determinen la extinción de la acción penal cuando el procesado o los procesados beneficiados con dicha decisión se encuentran privados de libertad,debe ser interpretado de conformidad al principio pro libertatis, por tanto, los efectos de la apelación para la problemática antes referida, deben ser los más favorables para la privada o el privado de libertad beneficiado con una decisión de extinción de acción penal apelada por el Ministerio Público o la víctima.