SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0427/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0427/2013-L

Fecha: 03-Jun-2013

III.2.1.

Con la finalidad de determinar las lesiones al debido proceso, emergentes del deber de motivación y valoración integral de los medios probatorios en medidas cautelares, de cuyo deber se deduce la supuesta existencia de procesamiento indebido; en función a la jurisprudencia sentada, conforme al Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, corresponde efectuar la revisión de los antecedentes de ésta acción de libertad, de acuerdo a la forma y cumplimiento de los requisitos establecidos, para asegurar y configurar el elemento motivación según el siguiente contenido: “…a) Debe determinar con claridad los hechos atribuidos a las partes procesales, b) Debe contener una exposición clara de los aspectos fácticos pertinentes, c) Debe describir de manera expresa los supuestos de hecho contenidos en la norma jurídica aplicable al caso concreto, d) Debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales, e) Debe valorar de manera concreta y explícita todos y cada uno de los medios probatorios producidos, asignándoles un valor probatorio específico a cada uno de ellos de forma motivada, f) Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado” (SCP 0049/2012).