Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2013-L
Fecha: 03-Jun-2013
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante alegó lesión de sus derechos a la “seguridad jurídica”, al debido proceso, a la prohibición de justicia propia o condena sin debido proceso, a la igualdad de oportunidades y ejercicio de derechos, citando al efecto los arts. 13.II, 115.II, 117.I, 119.I y II y 178.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- conceder
- I.3.
- I.4. Consideraciones de sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados”
- III.3. Análisis del caso concreto
- “ La Acción de
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