Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2013-L
Fecha: 03-Jun-2013
II.4.
II.4. Voto Resolutivo de 21 de agosto de 2010, emitido en reunión extraordinaria de la comunidad de Ancoyo, que determinó comunicar al Juez Agrario de Challapata, que el terreno denominado Circa Loma, pertenece a la comunidad de Ancoyo, por lo que no se permitiría realizar el acto de posesión dispuesto por dicha autoridad (fs. 32 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- conceder
- I.3.
- I.4. Consideraciones de sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados”
- III.3. Análisis del caso concreto
- “ La Acción de
- REVOCAR