Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2013-L
Fecha: 03-Jun-2013
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución de 12 de agosto de 2011, cursante de fs. 85 a 87, pronunciada por el Juez de Partido Ordinario de Sentencia Penal y Liquidador del Trabajo y Seguridad Social, Niñez y Adolescencia, de las provincias Eduardo Avaroa, Ladislao Cabrera y Sebastián Pagador de Challapata del Distrito Judicial -ahora departamento- de Oruro, y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada en base a los Fundamentos Jurídicos expresados en el presente fallo, aclarando que no se ingresó al análisis de fondo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- conceder
- I.3.
- I.4. Consideraciones de sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados”
- III.3. Análisis del caso concreto
- “ La Acción de
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