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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0526/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0526/2013-L

    Fecha: 18-Jun-2013

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió en parte
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.6.
    • II.7.
    • II.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • derecho a la maternidad segura
    • Fragmento 15
    • III.2.3.   El derecho a la dignidad humana
    • III.2.4.   El derecho a la vida
    • III.2.5. El derecho a la salud
    • III.3.  La protección de las mujeres embarazadas que trabajan en calidad de consultoras en línea
    • pues el consultor no es empleado en esencia, por lo mismo no es un servidor público
    • debe entenderse que el 45.V de la CPE, deja a un lado aquella discriminación entre funcionarios públicos y consultores, colocando a la mujer en gestación que sea Consultora en línea, en igualdad material frente a cualquier otra servidora pública, debiendo aplicarse al respecto un tratamiento especial, e incluso de discriminación positiva a favor de las consultoras embarazadas.
    • En tal sentido, debe entenderse que en el tiempo que dure la relación contractual como consultora, y al encontrarse en estado de gravidez, se debe respetar tanto la relación del contrato, y su inamovilidad, debiendo dejarse en claro, que ello no excluye a la embarazada de las responsabilidad es contractual, o las posibles responsabilidades emergentes de una labor deficiente o el pago de daños y perjuicios por accionar negligente en su fuente laboral, así de una parte se protege a la mujer embarazada ya sea ésta como funcionaria pública, o como Consultora y por otra no se le ampara por posibles malos manejos o trabajo negligente
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 24
    • III.4.1.   La relación laboral de la accionante con la institución demandada
    • III.4.2.   La protección de la accionante en su calidad de mujer embarazada dentro de la vigencia del contrato como consultora en línea
    • III.4.3.   Actuación del Tribunal de garantías
    • concedido en parte
    • 1º     REVOCAR

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