SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0526/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0526/2013-L

Fecha: 18-Jun-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Desde el 1 de marzo de 2010, trabajó como consultora en la ATT actual Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes, suscribiendo tres contratos, el 1 de marzo de 2010, el 30 de diciembre de 2010 y el 11 de marzo de 2011, respectivamente prestando sus servicios de forma continua, señalando que se encuentra en estado de embarazo de “35 semanas, 5 días u 8 meses” (sic).

Indica que, el 19 de mayo de 2011, realizó una solicitud mediante carta dirigida al Director de la institución demandada Fernando Llanos Pereira, haciéndole conocer su estado de embarazo solicitándole la aplicación de los arts. 45.V y 48.VI de la Constitución Política del Estado (CPE), su inamovilidad laboral hasta que el concebido tenga un año de edad, su incorporación en la planilla correspondiente para gozar de los beneficios establecidos por ley, como el subsidio prenatal, descanso pre y post natal, subsidio y horario de lactancia.

Agrega que, el 18 de julio de 2011, el nuevo director de la ATT, Clifford Paravicini Hurtado, le hizo conocer la respuesta a su solicitud, señalando que: “…respetará la relación del contrato y su inamovilidad por el tiempo de duración del mismo…” (sic), a través de las notas Cite MT/VMESCyCOOP/DGSC/JRLRC 1035/2011, el informe jurídico ATT.DJ-INF-JUR 0370/2011 y la nota ATT-DJ-N 0231/2011, esta última negando su solicitud, por tanto, incumpliendo los arts. 45.V y 48.VI de la CPE.