SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0526/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0526/2013-L

Fecha: 18-Jun-2013

III.4.1.   La relación laboral de la accionante con la institución demandada

                          Es así que, en la cláusula primera del contrato 28/2011 en vigencia a la instauración de la presente acción tutelar, fue producto de la convocatoria a consultoría en línea para la atención de solicitudes de usuarios en las oficinas ODECO El Alto, la accionante se presentó en forma voluntaria a la misma, y dio su conformidad respecto al contenido del contrato al suscribirlo, en el que no se estipuló nada respecto a las obligaciones de la ATT, en caso de que se encontrara embarazada.