SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0526/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0526/2013-L

Fecha: 18-Jun-2013

II.10.

II.10.  Fotocopias simples del informe jurídico ATT-DJ-INF-JUR 0370/2011 de 18 de julio, dirigido del consultor Luis Antonio Kosovic Kaune al Director Ejecutivo de la ATT, Clifford Paravicini Hurtado vía el Director jurídico, José Manuel Encinas Caballero, en el que concluye que la ahora accionante no está comprendida dentro del Estatuto del Funcionario Público ni la Ley General del Trabajo; sin embargo, de acuerdo a la SC 0993/2010-R de 23 de agosto, gozaría de igualdad material frente a cualquier otra servidora pública teniendo un tratamiento especial, por lo que señala, que por el tiempo que dure la relación contractual, se debe respetar el mismo y su inamovilidad, lo cual no significa que soslaye sus responsabilidades producto del contrato y sus emergencias, e informa que no le corresponde el subsidio prenatal, el descanso pre y post natal, subsidio de lactancia, horario de lactancia, sin embargo, al no estar sujeta a horarios y actividades específicas éstos podrían ser consensuados (fs. 22 a 25).