Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0562/2013-L
Fecha: 28-Jun-2013
II.6.
II.6. La Jueza Segunda de Instrucción Mixta cautelar de Punata, mediante Auto de 30 de abril de 2011, sin modificar ni alterar lo resuelto en la sentencia, complementó la misma, otorgando un plazo de setenta y dos horas para restituir los pasillos comunes que fueron invadidos (fs. 80). Siendo notificados con este último Auto, Hernán Velásquez Torrico e Isidoro Arnez Arandia, el 6 de mayo de 2011 (fs. 81).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional y su naturaleza
- y la sentencia podrá ser apelada en el plazo de tres días
- III.3. Análisis del caso concreto
- conceder
- CONFIRMAR