Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0571/2013-L
Fecha: 28-Jun-2013
II.3.
II.3. Por sentencia 212/2003 de 24 de mayo, la Jueza de Instrucción de Familia de El Alto, Lourdes Albornoz Sánchez, declaró probada la demanda de asistencia familiar, fijando la suma de Bs 300.- (trescientos bolivianos) mensuales a favor de los tres hijos que se encontraban a cargo de la madre; así como también a favor de la “demandante” (fs. 32 a 34).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso y la exigencia de motivación y fundamentación de las resoluciones
- motivación de las resoluciones en un elemento constitutivo del debido proceso
- toda resolución ya sea jurisdiccional o administrativa, con la finalidad de garantizar el derecho a la motivación como elemento configurativo del debido proceso
- III.3. La congruencia, como elemento del debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR