SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0675/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0675/2013

Fecha: 03-Jun-2013

1)

Rosario Butrón Vildoso, ex Jueza Primera de Instrucción en lo Penal, por memorial cursante a fs. 71 y en audiencia informó lo siguiente: 1) La detención de María Jhanneth Rivero Nogales fue asumida en los fundamentos fácticos y jurídicos en audiencia de consideración y resolución de medidas cautelares de carácter personal de 26 de septiembre de 2012; 2) La aplicación de la medida de ultima ratio es apelable por las partes en contienda, por lo tanto si la defensa de la imputada por negligencia no ha hecho uso del recurso de apelación en el plazo establecido en la ley para argumentar ante el Tribunal de alzada, si es que se cometió alguna ilegalidad; y, 3) Si la resolución pronunciada en audiencia fue lesiva o vulneratoria a los principios de legalidad y taxatividad, debió impugnarse en la forma que señala la ley, puesto que el ejercicio de los mecanismos de defensa no es ilimitado, por lo cual la acción de libertad no puede ser desnaturalizada en su esencia y finalidad, se debe evitar que se convierta en un medio alternativo o paralelo a la apelación incidental, provocando confrontación jurídica.