SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0685/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0685/2013

Fecha: 03-Jun-2013

13. A que en la etapa de diligencias de policía judicial, los interrogatorios sean realizados bajo la supervisión de un psicólogo o de instituciones de servicio social sin fines de lucro, el fiscal y su abogado defensor. Debiendo realizarse únicamente en el domicilio de la víctima

13. A que en la etapa de diligencias de policía judicial, los interrogatorios sean realizados bajo la supervisión de un psicólogo o de instituciones de servicio social sin fines de lucro, el fiscal y su abogado defensor. Debiendo realizarse únicamente en el domicilio de la víctima” (las negrillas nos corresponden).

También la Ley 3773 12 de noviembre de 2007, declara el 9 de agosto “Día Nacional de Solidaridad con las Víctimas de Agresiones Sexuales y en Contra de la Violencia Sexual en Niños y Niñas y Adolescentes, en su art. 4 indica que: “El poder ejecutivo, las prefecturas departamentales y los Gobiernos Municipales, quedan encargados del cumplimiento de la presente disposición y contribuir a que niños, niñas y adolescentes víctimas de la violencia sexual tengan acceso a protección, asistencia y justicia oportuna y eficaz”.