Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0685/2013
Fecha: 03-Jun-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante refiere que se le lesionó su derecho a la libertad, ya que radicada que fue su causa en el Tribunal de apelación se fijó audiencia para el “30 de septiembre de 2010”, sin embargo, ésta se suspendió por inasistencia de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, situación que considera no valida, ya que cuando se trata del derecho a la libertad las audiencias no pueden ser suspendidas por ningún motivo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- deniega
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- i)
- 13. A que en la etapa de diligencias de policía judicial, los interrogatorios sean realizados bajo la supervisión de un psicólogo o de instituciones de servicio social sin fines de lucro, el fiscal y su abogado defensor. Debiendo realizarse únicamente en el domicilio de la víctima
- bajo sanción de nulidad
- III.2. Acción de libertad traslativo o de pronto despacho. Reiteración de jurisprudencia
- CONFIRMAR en parte
- 3º Exhortar