Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2013
Fecha: 03-Jun-2013
II.3.
II.3. El accionante reiteró su petición de cesación de la detención preventiva, que también fue rechazada por Resolución de 19 de noviembre de 2012, en la que el Juez demandado determinó que acreditó familia y domicilio; lo que no ocurrió con el presupuesto trabajo, toda vez que manifestó dedicarse a la agricultura y la certificación de trabajo que presentó era insuficiente, por cuanto se refiere a otra actividad la que no fue acreditada mediante una licencia de funcionamiento u otro elemento y la condición de empleador y propietario, ni la certeza desde y cuando se dedica a esa actividad (fs. 41 a 42 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Fundamentación de las resoluciones sobre medidas cautelares
- ello no supone que las decisiones jurisdiccionales tengan que ser exhaustivas y ampulosas o regidas por una particular estructura; pues se tendrá por satisfecho este requisito aun cuando de manera breve, pero concisa y razonable, permita conocer de forma indubitable las razones que llevaron al Juez a tomar la decisión;
- III.4. Análisis del caso concreto