SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2013
Fecha: 03-Jun-2013
III.2. Fundamentación de las resoluciones sobre medidas cautelares
La SC 2212/2010-R de 19 de noviembre, con relación a la motivación y/o fundamentación de los fallos judiciales y remitiéndose a otros entendimientos jurisprudenciales desarrollados, estableció: “La SC 0742/2010-R de 26 de julio, ha establecido que: 'La doctrina y jurisprudencia sentada por este Tribunal sobre el particular señala al debido proceso como aquella garantía de legalidad procesal para proteger la libertad, la seguridad, la racionalidad y fundamentación de las resoluciones judiciales o administrativas, siendo la motivación de los hechos, un instrumento para erradicar la arbitrariedad del poder y fortalecer el Estado Democrático de Derecho. Deviniendo en consecuencia la necesidad de fundamentar las decisiones judiciales.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Fundamentación de las resoluciones sobre medidas cautelares
- ello no supone que las decisiones jurisdiccionales tengan que ser exhaustivas y ampulosas o regidas por una particular estructura; pues se tendrá por satisfecho este requisito aun cuando de manera breve, pero concisa y razonable, permita conocer de forma indubitable las razones que llevaron al Juez a tomar la decisión;
- III.4. Análisis del caso concreto