SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0718/2013
Fecha: 03-Jun-2013
II.1.
II.1. El 28 de agosto de 2011, el Ministerio de Salud y Deportes y el Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba a través de la Secretaría Departamental de Desarrollo Humano Integral y el SEDES, emitieron la convocatoria abierta para optar el cargo de Bioquímico Farmacéutico, cuyo resultado fue comunicado por el Presidente y Secretaria del Tribunal Calificador a las ahora accionantes, mediante notas de 19 de octubre del mismo año, señalando que obtuvieron el mayor puntaje de calificación por lo que les solicitaron enviar una carta de aceptación o rechazo del puesto, mismas que fueron presentadas en dos oportunidades por las accionantes, la primera el 18 de octubre de 2011 y la segunda el 24 y 26 respectivamente, del mismo mes y año (fs. 3 a 11).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- 1)
- III.1.
- III.2.1 Derecho a la igualdad
- III.2.2 Derecho a no sufrir violencia
- Fragmento 16
- III.2.3 Derecho al trabajo y a una fuente laboral estable
- III.2.4. La garantía del debido proceso.
- III.2.5. Derecho a la defensa
- III.2.6. La garantía de presunción de inocencia
- III.3. Análisis del caso concreto
- RE