SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0718/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0718/2013

Fecha: 03-Jun-2013

III.2.4. La garantía del debido proceso.

             El derecho al debido proceso, fue definido por la jurisprudencia constitucional como derecho y garantía a la vez, tal como sostiene la SC 0160/2010-R de 17 de mayo, cuando señala que constituye: “…el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo, en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar; es decir, comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar esos derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado así como los Convenios y Tratados Internacionales”.