SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0736/2013
Fecha: 07-Jun-2013
1)
Juanito Félix Tapia García, Director Nacional a.i. del INRA, por medio de su representante, en calidad de tercero interesado, según informe cursante de fs. 103 a 107 vta., refirió: 1) El predio de referencia se encuentra dentro del área protegida denominada Reserva Forestal Guarayos, creada por DS 8660 de 19 de febrero de 1969; 2) Sustanciadas las pericias de campo, se emitió el informe de evaluación técnico jurídico de 26 de mayo de 2005, informe en conclusiones de 18 de noviembre de 2005, informe Legal INF-JRLL 954/2009 de 10 de junio e informe legal INF-JRLL 1291/2009 de 17 de septiembre, en los cuales se establecen las siguientes recomendaciones y resultados: i) Adjudicación sobre la superficie de 500 ha., a favor de la beneficiaria del predio San Silvestre; y, ii) Declaración de tierra fiscal sobre la superficie de 242,4660 ha susceptible de dotación a favor de la Tierra Comunitaria de Origen demandante; conforme a las previsiones dispuestas en el Decreto Reglamentario 29215; y, 3) El 21 de septiembre de 2009, se emitió la RA RA-ST 0244/2009, la cual recogió las sugerencias plasmadas en los informes legales referidos, procediendo a ser notificada a la parte interesada y que mereció la interposición de la acción contenciosa administrativa ante el Tribunal Agrario Nacional -ahora Agroambiental-, considerando los alcances del art. 68 de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria (LSNRA), la que fue resuelta con la Sentencia Agroambiental S2da.L 013/2012, declarando improbada la demanda y en consecuencia subsistente la RA-ST 0244/2009 final de saneamiento correspondiente al predio “San Silvestre” sobre una superficie de 500 ha.
1) La determinación emanada del informe legal INF-JRLL 945/2009 de 10 de junio, no consideró la prohibición de adjudicar o dotar dentro del área clasificada de acuerdo al art. 198 del DS 25769, extensiones mayores a la pequeña propiedad, toda vez que el predio denominado “San Silvestre”, está sobrepuesto en su totalidad a la Reserva Forestal Guarayos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- 2)
- 3)
- 5)
- 6)
- 7)
- el objeto
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. El Principio de razonabilidad como garantía de los valores justicia e igualdad
- el valor justicia e igualdad que son consustanciales al valor vivir bien
- III.4. Análisis del caso concreto
- criterios de razonabilidad
- CONFIRMAR