SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0757/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0757/2013

Fecha: 07-Jun-2013

Fragmento 19

         El art. 17.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, señala: “Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual o colectivamente”; a su vez, el art. XXIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, señala: “Toda persona tiene derecho a la propiedad privada correspondiente a las necesidades esenciales de una vida decorosa, que contribuya a mantener la dignidad de la persona y del hogar”; y el art. 21.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, dispone: “Toda persona tiene derecho al uso y goce de sus bienes…”.