Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0757/2013
Fecha: 07-Jun-2013
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La abogada de la parte accionante, a tiempo de ratificar en su integridad el memorial de acción de amparo constitucional, ampliando señaló que dicho avasallamiento también fue constatado por el Notario de Fe Pública y corroborado por el informe del policía asignado al caso José Monje Navia dentro de la denuncia de avasallamiento que efectuó la accionante; también refirió que existió un gran número de personas con machetes en mano y con armas contundentes y pese haberles demostrado el derecho propietario, estos se pusieron “bravos” y agresivos, reiterando se conceda la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- “procedente”
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4 La acción de amparo constitucional entre personas particulares
- del análisis de la esencia misma de la Constitución Política del Estado, se puede afirmar que cualquier persona, puede ser objeto de vulneración a sus derechos, no teniendo trascendencia constitucional el que se encuentre en superioridad en relación con el sujeto que lesionó sus derechos
- Fragmento 19
- III.5 Sobre el derecho a la propiedad
- de acuerdo al modelo de Estado previsto por el art. 1 de la CPE, su único límite es que su uso no sea perjudicial al interés colectivo superior. Empero, para su tutela debe existir la certeza de la titularidad de dicho derecho, puesto que no es posible a través de la jurisdicción constitucional definir ni resguardar un derecho controvertido cuya aclaración corresponde a la jurisdicción ordinaria
- III.6. Sobre las medidas de hecho en amparo constitucional
- III.7. Análisis del caso concreto
- III.8.
- CONFIRMAR en todo