SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0758/2013
Fecha: 07-Jun-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante, estima lesionados sus derechos al juez natural, la incongruencia omisiva y a la garantía del debido proceso; toda vez, que los Magistrados ahora demandados, sin realizar el respectivo sorteo de expediente y asignación de Relator, mediante Auto Supremo 288/2012 de 16 de octubre, no sólo declararon inadmisible el recurso de casación que dedujo contra el Auto de Vista 33/2012, sino que no se pronunciaron sobre los diecinueve motivos y diecinueve agravios que fundamentó en su recurso, que además en la emisión de dicha Resolución, no se siguió el trámite regular, ya que de manera apresurada hicieron aparecer el citado Auto Supremo con 16 de octubre de 2012, es decir, al día siguiente de decretarse la radicatoria.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Marco Legal del recurso de casación en materia penal
- III.3. Fundamentación y motivación en la resolución que declare inadmisible el recurso de casación
- III.3.1. La motivación puede ser concisa, pero debe contener la suficiente y satisfacer todos los puntos demandados
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR