Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2013
Fecha: 11-Jun-2013
II.6.
II.6. El 7 de febrero de 2013, a horas 17:05, reanudada la audiencia, la Jueza demandada, ratificó su Resolución de detención preventiva, que fue impugnada por la defensa, solicitando al efecto fotocopias legalizadas de todo el expediente; por lo que, la Jueza demandada, dispuso que el abogado de la defensa fundamente por escrito con las formalidades de ley, sin conceder la apelación ni disponer su remisión de antecedentes al Tribunal de alzada (fs. 491 a 493 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1.
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. El Derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- Fragmento 14
- III.2. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- suma qamaña
- planteada la recusación y rechazada por el juzgador
- III.4. Con relación al principio de celeridad en la administración de justicia
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.5.1. Con relación al recurso de apelación incidental
- III.5.2. Con relación a la recusación
- Fragmento 23
- CONFIRMAR