Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0787/2013
Fecha: 10-Jun-2013
II.4.
II.4. Cursa informe BCB-GAL-SAJU-CE-2013-13 de 9 de enero, suscrita por Marcelo Zabalaga Estrad Presidente a. i. del BCB, dirigida a la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en el que informa que no fue notificado en calidad de parte o tercero interesado con ninguna demanda contenciosa administrativa interpuesta por los accionantes contra la Resolución Ministerial 435/10 de 10 de junio de 2010 (fs.64).
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1.Contenido de la acción de inconstitucionalidad
- I.2. Trámite procesal en sede administrativa
- revocó
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.4.
- “Artículo Primero.- (Recurso Extraordinario de Revisión)
- Artículo Segundo.- (Plazo para Interponer el Recurso)
- Artículo 123.
- Fragmento 13
- III.1. Alcances del control normativo de constitucionalidad y la acción concreta de inconstitucionalidad
- «
- III.2. Tratándose de normas emitidas en vigencia de una Constitución Política del Estado abrogada, el control de constitucionalidad se la debe ejercer en los alcances de la Constitución vigente
- Entendimiento jurisprudencial que señala con claridad que en los casos en los que se cuestiona la inconstitucionalidad de una norma, sea esta ley, estatuto autonómico, carta orgánica, decreto y todo género de ordenanza y resolución no judicial, emitida con anterioridad a la vigencia de la nueva Constitución Política del Estado, el test de constitucionalidad debe ser efectuado desde y conforme al nuevo orden constitucional y no al vigente al momento de la emisión de la norma impugnada de inconstitucional”
- III.3. Del principio de irretroactividad de la ley en el ámbito administrativo
- III.4. Análisis del caso concreto y test de constitucionalidad
- CONSTITUCIONALIDAD