Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0853/2013
Fecha: 17-Jun-2013
denegó
La Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Resolución 06/2013 de 25 enero, cursante de fs. 394 vta. a 396 vta., denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: a) La accionante, en su calidad de servidora pública electa no tiene el derecho a la inamovilidad laboral; y, b) Los elementos relativos al debido proceso considerado como lesionado corresponden ser debatidos en la instancia del recurso directo de nulidad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Inamovilidad laboral de la mujer embarazada: situaciones excepcionales
- Sin embargo, al considerar esta garantía, se tiene que la inamovilidad no puede ser aplicada en todos los casos, ya que como se desarrolló anteriormente no todas las funciones públicas son iguales y algunas contienen ciertas características concretas
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR