Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0853/2013
Fecha: 17-Jun-2013
II.4.
II.4. Cursa en obrados la Resolución Municipal 215/2012 de 31 de octubre, suscrita por Francisco Romel Pórcel Plata y Saúl Avalos Cortez, que con el mismo tenor que la Resolución Municipal 116/2012, adicionando el Considerando relativo a la línea jurisprudencial sentada por el Tribunal Constitucional Plurinacional desarrollada en la SCP 1958/2012 de 12 de octubre, que determina la inaplicabilidad de la inamovilidad laboral a servidores electos, y por ende reproduce en la parte resolutiva lo resuelto por la Resolución Municipal 116/2012 (fs. 14 a 16).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Inamovilidad laboral de la mujer embarazada: situaciones excepcionales
- Sin embargo, al considerar esta garantía, se tiene que la inamovilidad no puede ser aplicada en todos los casos, ya que como se desarrolló anteriormente no todas las funciones públicas son iguales y algunas contienen ciertas características concretas
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR