Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0884/2013
Fecha: 20-Jun-2013
II.2.
II.2. Mediante memorial de 9 de octubre de 2012, los representantes de FONDESIF presentaron incidente de diferimiento de pago, exigiendo el cumplimiento del art. 13.II y IV de la Ley del Presupuesto General del Estado -Gestión 2012 (fs. 15 a 16); petición que notificada a la demandante ésta a su vez pidió que sea rechazada por impertinente (fs. 17 a 18).
- acción de amparo constituciona
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- II.
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR