SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0884/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0884/2013

Fecha: 20-Jun-2013

III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El representante alega que la autoridad demandada lesionó los derechos de FONDESIF al debido proceso, a la defensa y a la petición consagrados por las normas de los arts. 24 y 115 de la CPE; en ejecución de sentencia en un proceso laboral seguido contra dicha entidad, ordenó la retención de fondos de las cuentas bancarias de la institución, sin tomar en cuenta ni responder a las reiteradas peticiones de que se aplique lo dispuesto por la Ley del Presupuesto General del Estado -Gestión 2012, que prescribe la necesidad de programar en el presupuesto de la entidad gastos provenientes de procesos judiciales. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales o garantías constitucionales de la entidad representada por el accionante, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.