Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0891/2013
Fecha: 20-Jun-2013
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la LTCP; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 3/2013 de 5 de febrero, cursante de fs. 86 a 89 vta., pronunciada por el Juez de Partido y Sentencia Penal de Concepción, provincia Ñuflo de Chávez del departamento de Santa Cruz, y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, con relación a los derechos a la propiedad privada y al trabajo y DENEGAR la tutela con relación a los derechos a la seguridad personal, a la vida e integridad física.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Las vías de hecho. Finalidad de la tutela constitucional, definición y presupuestos de activación
- III.2. En cuanto a la flexibilización del principio de subsidiariedad frente a vías de hecho
- III.3. La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- III.4. Línea jurisprudencial modulada
- III.5. Análisis en el caso concreto
- Fragmento 23
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