Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0891/2013
Fecha: 20-Jun-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La representante de los accionantes, alega la vulneración de sus derechos a la vida, a la propiedad privada, al trabajo y actividad económica lícita, a la seguridad personal, a la integridad física, dignidad, honra, honor y a la propia imagen, toda vez que los ahora demandados conjuntamente una multitud de personas, de forma violenta y arbitraria, no sólo avasallaron y allanaron la totalidad del predio denominado “Nuevo Horizonte E”, sino que destrozaron varias de sus maquinarias agrícolas, cometieron abigeato y robo de varias pertenencias y con el afán de apropiarse ilegalmente de dichos predios, construyeron chozas en diferentes lugares, pretendiendo justificar una posesión en terreno ajeno.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Las vías de hecho. Finalidad de la tutela constitucional, definición y presupuestos de activación
- III.2. En cuanto a la flexibilización del principio de subsidiariedad frente a vías de hecho
- III.3. La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- III.4. Línea jurisprudencial modulada
- III.5. Análisis en el caso concreto
- Fragmento 23
- CONFIRMAR