SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0968/2013
Fecha: 27-Jun-2013
a)
Jorge Castillo Muñoz, Juez Noveno de Instrucción en lo Penal, presentó informe oral en audiencia, señalando: a) La accionante no demostró tener domicilio, familia constituida y trabajo lícito; b) Precauteló su salud otorgando salidas médicas; una audiencia de cesación se suspendió por la inasistencia de una de las partes; c) Se allanó el domicilio de la imputada y un señor “Quinteros” indicó que la indicada no habitaba el mismo, además no encontraron a su esposo ni a su hija, no adjuntó documento que demuestre que tenga trabajo u oficina, sólo tiene profesión; d) En la audiencia de 15 de febrero de 2013, no estaba presente la imputada, porque no la condujeron del penal y en la del 20 del mismo mes y año, se habilitó horas extraordinarias, el Fiscal solicitó la suspensión de la misma, pero se decretó cuarto intermedio y hasta las 08:30 no la remitieron del penal, por lo que se llevó a cabo en la tarde sin que presente certificados de domicilio (contrato de alquiler); y, e) La SCP “0709/2012 de 13 de agosto”, se refiere a tres situaciones en las que no se puede acudir directamente a la jurisdicción constitucional; en este caso existe imputación y medida cautelar; el Fiscal no vulneró sus derechos, sólo se basó en el principio de verdad material.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- tornen conveniente que sea sustituida por otra medida de carácter sustitutivo
- III.4.Análisis en el caso concreto