SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0968/2013
Fecha: 27-Jun-2013
Fragmento 15
Asimismo, el actual Tribunal Constitucional Plurinacional, en la SCP 1317/2012 de 19 de septiembre, señaló: “…las autoridades judiciales demandadas, a tiempo de resolver la solicitud de cesación a la detención preventiva planteada por la accionante, no realizaron una valoración integral de todos los elementos de convicción existentes en torno al problema, en función a los preceptos constitucionales y legales referidos y una adecuada ponderación de bienes, dadas las circunstancias particulares del caso y la protección de la madre y del ser gestante; prueba de ello, es que no consideraron previamente la posibilidad de aplicar las medidas sustitutivas o alternativas establecidas en el art. 240 del CPP, entre las que se encuentran la detención domiciliaria en su propio domicilio o en el de otra persona con la vigilancia que el Tribunal disponga, para asegurar que la imputada no influya negativamente en los testigos o peritos de cargo; vale decir, no realizaron consideración alguna sobre el por qué las medidas alternativas señaladas en la referida disposición no pueden ser aplicadas a la accionante, a pesar de su estado de gravidez, rechazando directamente la solicitud de cesación a la detención preventiva, fundando su Resolución básicamente en la existencia de peligro de obstaculización de la verdad; con lo que hicieron que su determinación se convierta en ilegal por no cumplir las condiciones de validez constitucional para imponer una restricción al ejercicio del derecho a la libertad física, como son los principios de reserva judicial y de proporcionalidad”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- tornen conveniente que sea sustituida por otra medida de carácter sustitutivo
- III.4.Análisis en el caso concreto