SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0992/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0992/2013

Fecha: 27-Jun-2013

1)

Con derecho a la réplica, indicó que: 1) Reclama una respuesta formal, escrita y pronta, y no después de veinte un días; 2) El hecho de que el abogado codemandado, haya retornado de un viaje, demuestra que evidentemente era el tenedor de los documentos e imposibilitó que se emita una respuesta oportuna; y, 3) Los órganos judiciales actúan como tales, como un ente y no en razón de un funcionario que debió emitir en suplencia una respuesta.