SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1005/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1005/2013

Fecha: 27-Jun-2013

a)

Solicita que se “otorgue” la tutela impetrada a favor de Hermógena Celestina “Mamani Flores”, Celia y Elena Flores Janco; y, en consecuencia se disponga dejar sin efecto: a) La ilegal detención de Celia y Elena Flores Janco, quienes se encuentran recluidas en el penal “San Pedro” de Oruro; y, b)El mandamiento de detención preventiva emitido contra Hermógena Celestina “Mamani Flores”, el 13 de marzo de 2013, por el Juez de Instrucción en lo Penal y Liquidador de Challapata.

El supuesto de procesamiento indebido disciplinado en el art. 125 de la CPE, tratándose de medidas cautelares de carácter personal, puede ser tutelado a través de la acción de libertad, en los casos en los que se afecte las reglas y elementos del debido proceso, siempre y cuando cumpla con dos aspectos esenciales: a) La directa vinculación con la libertad del elemento del debido proceso denunciado como afectado; y, b) Como segundo requisito; el agotamiento de los mecanismos internos de cuestionamiento a decisiones jurisdiccionales; o, la presencia de indefensión absoluta.