Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1045/2013
Fecha: 27-Jun-2013
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La accionante a través de su representante estima lesionados sus derechos a la libertad, a la seguridad personal, a la vida y la garantía del debido proceso de su representada, citando al efecto los arts.23 y 73 de la Constitución Política del Estado; 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y 7.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- hábeas corpus restringido
- se busca acelerar los trámites judiciales
- Fragmento 17
- III.2. El principio de celeridad que debe ser aplicado ante toda solicitud que se encuentre vinculada con el derecho a la libertad física o personal
- Fragmento 19
- b)
- III.4. Análisis del caso
- REVOCAR