Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1052/2013
Fecha: 28-Jun-2013
II.1.
II.1. Conforme al acta de audiencia de la acción de libertad de 6 de abril de 2013, el accionante presentó a Laura Ramos Sillili e Isabel Huanca Alanoca, en calidad de testigos de cargo, informaron que los funcionarios policiales ingresaron a su ferretería de forma agresiva para ejecutar un mandamiento de aprehensión en su contra; su abogado, ahora accionante, en ningún momento agredió física ni psicológicamente a los efectivos policiales, quienes querían detener a “Villarpando”, manifestando una funcionaria policial que el accionante la acompañe (fs. 50 vta. a 51 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal
- de manera transversal,
- “no formalismo”,
- podrán aportar las pruebas que demuestren los hechos que alegan, o en su caso las que desvirtúen los de la otra parte
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR