SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0596/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0596/2013-L

Fecha: 03-Jul-2013

denegó

-ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución de 5 de octubre de 2011, cursante de fs. 107 a 108 vta., denegó la tutela solicitada en base a los siguientes fundamentos: 1) El petitorio es el resumen del contenido de la demanda y una explicación de los motivos, el objeto y el fin que se pretende con la interposición de la acción de amparo constitucional; mismo que debe ser claramente precisado por el accionante ya que éste delimita la competencia del Tribunal de garantías para resolver la problemática planteada; y, 2) De la lectura de la demanda en la presente acción se advierte que el accionante fuera de exponer sucintamente los hechos fácticos en la parte petitoria o petitum, no expone de manera clara su pretensión, aspecto que constituye en un requisito de fondo insubsanable que impide a este Tribunal, ingresar al fondo de la presente acción tutelar.