SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0609/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0609/2013-L

Fecha: 03-Jul-2013

I.1.1

Por resolución emitida dentro del juicio de responsabilidades seguido contra García Meza Tejada y sus colaboradores, se encuentra cumpliendo condena de treinta años de presidio; refiere, que en base a los informes médicos adjuntos al expediente del Juzgado Tercero de Ejecución Penal del entonces Distrito Judicial de La Paz, a cargo del Juez ahora demandado, mismos que informan que tiene diabetes mellitus tipo 2 en fase terminal, cardiopatía isquémica, angina inestable e hipertensión arterial, solicitó al Juez codemandado, en virtud del art. 196 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS) de 20 de diciembre de 2001, su detención domiciliaria en un centro geriátrico, para que pueda cumplir su condena con la atención médica que requiere; sin embargo, esa solicitud fue rechazada debido a que no cumplía con los requisitos establecidos en el art. 167 de la indicada Ley, disponiendo la referida autoridad, mantener su internación en el hospital de la Corporación del Seguro Social Militar (COSSMIL), por un espacio de noventa días, a fin de que médicos tratantes establezcan si podría mejorar su tratamiento o evolucionar; indica que los informes remitidos a conocimiento del Juez demandado, señalaron que no hubo mejoría, sino que se encuentra estable por la atención que recibe en esa institución hospitalaria.

En virtud a los informes mencionados, solicitó la ampliación de su internación, en cuya audiencia desarrollada el 13 de septiembre de 2011, la mencionada autoridad, amplió su internación por un mes más; posteriormente, el 7 de octubre de ese año, interpuso un incidente de internación en una institución especializada, el cual se encontraba en vista fiscal; solicitando nueva ampliación de internación, el 10 del mismo mes y año, misma que fue rechazada, pues no pudo adjuntar informes médicos; situación que dio como resultado su traslado al Centro Penitenciario de San Pedro, poniendo en riesgo su vida; debido a que, el referido Centro no reúne los requisitos de higiene y alimentación que requiere para vivir y cumplir su condena dignamente.