SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0615/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0615/2013-L

Fecha: 08-Jul-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido a instancias del Ministerio Público por la presunta comisión de los delitos contemplados en la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, se le privó de su libertad, por lo que solicitó la cesación a la detención preventiva, invocando el art. 239.1 del Código de Procedimiento Penal (CPP), al existir nuevos elementos que desvirtúan los hechos que fundaron su detención, habiendo acompañado toda la prueba pertinente; sin embargo, observa que no se procede con la misma celeridad con la que se lo detuvo, ya que la autoridad jurisdiccional hasta la fecha de presentación de la acción tutelar, no se pronunció sobre la solicitud de cesación a la detención preventiva planteada el 7 de octubre de 2011, tampoco señaló día y hora de audiencia de consideración, sin tomar en cuenta que la jurisprudencia establecida acerca de que la petición de cesación a la detención preventiva debe ser resuelta de forma inmediata al estar vinculada con el derecho a la libertad, que no puede ser restringida ni suprimida en forma arbitraria, de lo contrario significaría prolongar indebidamente su detención.