Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0639/2013-L
Fecha: 15-Jul-2013
II.1.
II.1. Por memorial fechado el 11 de agosto de 2011, Joaquín y Moisés Chauca Condori, expresando que el Ministerio Público emitió Resolución de sobreseimiento a su favor, solicitaron se expida mandamientos de libertad, ante lo cual la autoridad ahora demandada por decreto de 12 del mismo mes y año, dispuso que previamente el Ministerio Público emita informe (fs. 2 a 3).
- acción de libertad
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III.1. Naturaleza jurídica, alcance y ámbito de protección de la acción de libertad
- cumplimiento del principio de subsidiariedad
- III.3. La petición de cesación a la detención preventiva, debe ser atendida dentro de plazos razonables, considerando los derechos que se encuentran en riesgo, observando el principio de celeridad
- de tres días hábiles como máximo
- III.4. Análisis del caso concreto
- vulnerando los derechos a la libertad, al debido proceso, así como el acceso a una justicia pronta y oportuna
- III.5. Otras consideraciones
- REVOCAR en parte