SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0646/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0646/2013-L

Fecha: 15-Jul-2013

II.3.

II.3.  Cursa el Laudo Arbitral de 5 de mayo de 2011 suscrito por el Presidente del Tribunal Arbitral y los Árbitros de la parte empleadora, asimismo laboral, cuyo Punto dos: dispone que el Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo cumpla con la estabilidad laboral dispuesta por los arts. 47.2, 48. IV y 49. III de la CPE, debiendo cesar despidos, así como la restitución a sus cargos de los trabajadores afectados con dicha medida, con los mismos derechos y prerrogativas a momento del despido, entre ellos algunos dirigentes sindicales. En el que consta la disidencia del árbitro del empleador.

El Punto tercero: que establece que el municipio de Quillacollo debe "continuar con la asignación del pago del incentivo funcional en la misma forma tradicional como se ha realizado hasta la fecha" (sic) conforme a los arts. 48.I, II y III de la CPE, concordante con el Decreto Supremo 28699, que ratifica la plena vigencia de los principios del derecho laboral protector in dubio pro operario; de la condición más beneficiosa; de continuidad de la relación laboral; intervencionista del Estado y de primacía de la realidad, debiendo la entidad emprender gestiones para la aprobación del reformulado de la entidad municipal adscribiendo sus actuaciones a la normativa del ente fiscalizador a objeto de no incurrir en irregularidades, haciendo constar el voto disidente del arbitro empleador (fs. 28 a 34).