SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0703/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0703/2013-L

Fecha: 19-Jul-2013

II.3.

II.3.  Luego de dictarse el auto de complementación y enmienda de 4 de octubre de 2011, nuevamente el abogado del imputado -ahora accionante- indicó que requiere de inmediato y a la brevedad posible fotocopias simples de los actuados del proceso ya que va iniciar acciones penales contra el Juez por prevaricato y también interpondría acción de libertad, amenazando que está demostrando que tiene interés en el proceso y tiene además una amistad íntima con la víctima; motivo por el cual el Juez entiende que con esa acción se planteó recusación e indicó que tendrá que resolver la misma en el día de conformidad al art. 321 del CPP, reformado por la Ley de Modificaciones al Sistema Normativo Penal, suspendiendo la Audiencia (fs. 92).