Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0704/2013-L
Fecha: 19-Jul-2013
8.
Mencionados a manera de ilustración los requisitos de admisibilidad contemplados en el Código Procesal Constitucional, cabe precisar que teniendo en cuenta que la presente acción de defensa fue planteada el 6 de mayo de 2011, corresponde reparar en las exigencias establecidas en el art. 97 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), vigente en ese entonces y por lo tanto aplicable al caso objeto de revisión, en ese contexto, se tiene que el referido artículo exige:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades codemandadas
- “improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- 1.
- 8.
- 6.
- III.3. La carga de la prueba
- III.4.
- CONFIRMAR